La Corte Suprema, consigna La Nación del
22 de noviembre de 2012, condenó al fisco a pagar una indemnización de
250 millones de pesos ($250.000.000) a los padres y hermano de una mujer
que murió, en 2007, en un accidente de tránsito provocado por un bache
en la vía. La fallecida se llamaba Silvia Fodich y a su muerte tenía 26
años.
No voy a entrar en detalles, solo quiero
resaltar que es posible ganar al Estado en demandas por responsabilidad
civil y hacerle pagar por ello en dinero. A continuación voy a enumerar
algunos casos en que a mi entender la responsabilidad del estado es
clara y es muy posible ganarle demandas reparatorias:
-
Ante daños materiales, heridas y muertes causadas por accidentes vehiculares a consecuencia de persecuciones policiales a alta velocidad ya sea por calles o carreteras.
-
Ante daños y lesiones causados a vehículos y sus ocupantes por piedras u otros objetos contundentes lanzados sobre ellos desde pasarelas peatonales sin defensas o cuyas defensas estén en malas condiciones.
-
Por muertes, lesiones o daños causados por vehículos desenfrenados (el mal llamado “corte” de frenos) si se comprueba que el conductor involucrado abusó de los frenos por su ignorancia de la teoría del frenaje.
-
Por muertes de personas privadas de libertad, en la cárcel, debidas a riñas con armas “hechizas”, suicidios, por muertes como las del incendio ocurrido hace un tiempo en una prisión.
-
Etc., etc.
Digo lo que he dicho no porque goce
adjudicándole responsabilidades al Estado sino porque creo que, a estas
alturas, es la única forma que los que administran los recursos
nacionales (o sea de todos nosotros) se hagan cargo de sus
responsabilidades. Esto que estoy haciendo es como lo que hacen los
enfermeros para lograr la curación de una herida infectada: limpiarla
bien, aunque duela, antes de aplicarle un tratamiento curativo.
Ya tendremos más adelante el análisis de
los muchos acontecimientos que a diario ocurren en nuestro país, en los
que se pueda deducir responsabilidad, directa o indirecta del Estado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario